El martes 17 de marzo entró en vigor la Ley N.º 15.211/2025, Estatuto da Criança e do Adolescente conocida como ECA Digital. Se trata de un punto de inflexión en la regulación del ecosistema digital en Brasil. Promulgada en septiembre de 2025 por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva, la norma establece un marco integral para la protección de niños, niñas y adolescentes en entornos digitales.
La ley surge en un contexto de creciente preocupación pública por la exposición de menores a contenidos nocivos, la explotación digital y los efectos de la hiperconectividad. Su aprobación fue acelerada por denuncias de casos de “adultización” y abuso en redes sociales, que generaron presión social y política para una regulación más estricta del sector tecnológico.
Entre las principales medidas, el ECA Digital impone a las plataformas la obligación de implementar sistemas robustos de verificación de edad, reemplazando el modelo de autodeclaración. Esto implica el uso de mecanismos técnicos más seguros —tales como validaciones documentales o biométricas— para restringir el acceso de menores a contenidos inapropiados.
La normativa también prohíbe prácticas consideradas adictivas o perjudiciales para el desarrollo infantil, como la reproducción automática de videos, el “scroll infinito” y la publicidad personalizada dirigida a menores de 18 años. Asimismo, exige que las cuentas de adolescentes operen con configuraciones de máxima protección por defecto, reforzando la privacidad y limitando la exposición a riesgos.
Otro eje central es la responsabilidad de las plataformas digitales. Las empresas deberán prevenir activamente la difusión de contenidos relacionados con violencia, abuso sexual, acoso o explotación infantil, así como retirar materiales ilegales y reportarlos a las autoridades. También se establecen obligaciones de transparencia, como la presentación de informes periódicos sobre el manejo de denuncias y la adopción de mecanismos de control parental.
En el plano de los derechos digitales, la ley introduce restricciones al uso de datos personales de menores, prohibiendo su explotación con fines comerciales o publicitarios y estableciendo estándares más estrictos para su tratamiento. Además, incorpora principios como el interés superior del niño, la prevención de riesgos y la privacidad por diseño en todos los servicios digitales dirigidos a este público.
El alcance regulatorio incluye también a videojuegos y plataformas de entretenimiento, donde se prohíben mecanismos asociados al juego de azar —como las “loot boxes”— para menores, y se exige la vinculación de cuentas infantiles a responsables legales en determinados casos. Las sanciones por incumplimiento son significativas: pueden incluir multas millonarias, suspensión de servicios e incluso la prohibición de operar en el país. Este esquema busca garantizar la adaptación de las grandes empresas tecnológicas a las nuevas reglas.
En conjunto, el ECA Digital posiciona a Brasil como uno de los países pioneros en América Latina en la regulación de plataformas digitales con enfoque en la protección infantil. Su implementación plantea, no obstante, desafíos técnicos y debates sobre privacidad, especialmente en torno a los sistemas de verificación de identidad, lo que anticipa un escenario de tensión entre regulación, derechos digitales y modelos de negocio de las grandes empresas tecnológicas.

