La Agencia Nacional de Tierras (ANT) de Colombia ha anunciado la activación de un mecanismo legal vigente desde hace tres décadas que le otorga prioridad para adquirir predios rurales que se encuentran actualmente en manos de bancos y entidades financieras, con el objetivo de favorecer el acceso a tierra por parte de familias campesinas y comunidades étnicas históricamente excluidas. Este mecanismo, respaldado por el artículo 32 de la Ley 160 de 1994 y el Decreto 1071 de 2015, recientemente actualizado por el Decreto 033 de 2025, obliga a las instituciones financieras a informar a la ANT sobre los predios rurales que han recibido como dación en pago por liquidación de créditos hipotecarios, otros negocios jurídicos o mediante sentencia judicial, y permite así a la Agencia ejercer su primera opción de compra antes de que estos terrenos ingresen al mercado privado. El decreto también contempla que cualquier propietario o ganadero ubicado en zonas priorizadas por la reforma agraria debe ofrecer primero sus tierras al Estado. Tras la postulación de los terrenos por parte de los bancos, la Agencia realizará los análisis jurídicos, técnicos y territoriales pertinentes y, de resultar viable, presentará ofertas formales de compra.
Juan Felipe Harman, director de la ANT, ha defendido la actualización normativa como un avance para una distribución más equitativa de la tierra y un impulso a la producción agrícola comunitaria. Al mismo tiempo, representantes oficiales han señalado que esta opción de compra preferente está diseñada para contribuir al establecimiento de familias campesinas y comunidades étnicas en territorios rurales, en coherencia con los objetivos de inclusión social planteados por la reforma agraria.

