El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró “infundada” la revisión de oficio de la prisión preventiva impuesta al expresidente Pedro Castillo. Mediante la Resolución n.º 8, del viernes 16 de octubre, el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley Soria dispuso mantener la vigencia de la medida en el proceso por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión simple en agravio del Estado. Con ello, el exmandatario continuará recluido en el penal de Barbadillo, en el distrito de Ate, hasta que la medida venza, en marzo de 2027.
El juzgado determinó que no existen nuevos elementos de convicción que justifiquen variar la situación legal del investigado y desestimó los argumentos de la defensa, que sostenía que las condiciones en que se dictó la medida habían cambiado y que no existía peligro de fuga ni de obstaculización de la justicia.
Castillo cumple una prisión preventiva de 18 meses por el presunto delito de rebelión, conspiración y abuso de autoridad, a raíz del mensaje a la Nación del 7 de diciembre de 2022, en el que intentó disolver el Congreso de la República. A ella se suma una segunda prisión preventiva, de 36 meses, por presunta organización criminal y corrupción en agravio del Estado, vinculada con los casos de Puente Tarata y Petroperú.
El Ministerio Público sostiene que la permanencia de Castillo en prisión es una garantía necesaria para el correcto desarrollo de las investigaciones y del eventual juicio oral. Con esta decisión, la fiscalía mantiene el cronograma de las próximas etapas del proceso, mientras que la defensa adelantó que apelará ante las instancias correspondientes.

