Reporte Político Semanal

Milei designa jueces de la Corte Suprema por decreto, sin pasar por el Congreso

El Poder Ejecutivo nombró a los jueces Ariel Lijo y a Manuel García-Mansilla “en comisión” sin pasar por el Senado, con el objetivo de “normalizar el funcionamiento del máximo tribunal judicial de nuestro país, el cual no puede llevar a cabo su rol con normalidad con tan solo tres ministros”, según se informó en un comunicado.

La Constitución Nacional establece que el presidente “puede llenar las vacantes de los empleos que requieran del acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirará al fin de la próxima Legislatura”. Sin embargo, este es un mecanismo de excepción con escasos antecedentes y sólo habilitado en periodos en los que el Congreso no está en funcionamiento. La oposición cuestiona que los nombramientos se anunciaron a escasos días de iniciar las sesiones ordinarias, sin esperar al Congreso que ya estaba tratando la propuesta de estos jueces, sin que hubiese ninguna situación extraordinaria que justificara la medida. Cabe mencionar que ambos jueces son cercanos al presidente, quien ha tomado esta decisión en medio de un escándalo por estafa.

La Constitución argentina establece que para designar a un juez de la Corte, bajo un proceso ordinario, el Poder Ejecutivo debe elegir a un postulante y luego el Senado debe aprobarlo por mayoría de dos tercios para convertirlo en magistrado. Además, el Decreto 222/2003 reglamentó la participación de la sociedad civil a través de audiencias en las que se pueden presentar impugnaciones y apoyos a las candidaturas.

En este momento, si el Senado no trata los pliegos, las designaciones “en comisión” estarán vigentes hasta el 30 de noviembre. Si los aprueba con el voto de dos tercios de los presentes, los jueces tendrán estabilidad en el cargo. Pero la Constitución no indica qué sucede si los nombramientos “en comisión” son rechazados por el Senado –la vía de destitución de los jueces de la Corte es el juicio político.

Ariel Lijo es juez federal porteño desde 2004, cargo que debe abandonar para asumir como ministro de la Corte. Sin embargo, el magistrado, ante la posibilidad de que su nombramiento pudiera no perdurar más allá del 30 noviembre, pidió licencia sin goce de haberes como juez federal, petición que fue aceptada por la Cámara Federal porteña, el tribunal de alzada del juzgado de Lijo en Comodoro Py. Queda por verse si la Corte Suprema, al tomar juramento a los nuevos jueces, acepta esta condición.

El Poder Ejecutivo nombró a los jueces Ariel Lijo y a Manuel García-Mansilla “en comisión” sin pasar por el Senado, con el objetivo de “normalizar el funcionamiento del máximo tribunal judicial de nuestro país, el cual no puede llevar a cabo su rol con normalidad con tan solo tres ministros”, según se informó en un …

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