El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del decreto 0858, que buscaba implementar la reforma a la salud, con el argumento central de que el gobierno excedió la potestad reglamentaria al regular aspectos estructurales que, según el tribunal, corresponden al Congreso y por tanto vulneran el principio de reserva de ley. La medida detiene temporalmente la puesta en marcha del modelo de atención definido por el Ejecutivo como “preventivo, predictivo y resolutivo”. La norma que quedó momentáneamente frenada buscaba, entre otros puntos, dar mayores funciones y recursos a la ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud), incluyendo la creación de un Fondo Único de Salud, promover la territorialización del sistema mediante Redes Integrales e Integradas Territoriales y consolidar a los Centros de Atención Primaria (CAPS) como eje del modelo.
El Consejo sostuvo que estas transformaciones implican cambios estructurales que no pueden ejecutarse por decreto. La acción fue impulsada por una demanda política y jurídica que elogió el fallo (entre quienes celebraron estuvo el representante Andrés Forero), mientras que desde el gobierno la decisión fue rechazada con dureza: el presidente Gustavo Petro y sus ministros defendieron el decreto como la vía para implementar un modelo preventivo y acusaron a sectores privados y opositores de obstruir cambios en beneficio de intereses económicos. El ecosistema sanitario reaccionó de manera dividida: organizaciones y gremios del sector expresaron tanto respaldo a la cautela judicial, por la necesidad de proteger la legalidad y la seguridad jurídica, como preocupación por el retraso en medidas que mejorarían la atención primaria y la equidad territorial. Actores políticos coincidieron en que la decisión abre una nueva etapa de debate parlamentario y judicial sobre el alcance de la reforma, su legitimidad y la ruta institucional para implementarla.

